REGION - La Pampa
Semanario REGION®
Del 24 al 30 de julio de 2009 - Año 19
Nº 908 - R.N.P.I. Nº 359581

  
La dictadura del silencio
Segundo capítulo

La vida me enseñó desde joven a valorar un factor que no todos ponderan oportunamente: el tiempo. En repetidas oportunidades he dicho que este es el capital más escaso, y ahora lo puedo corroborar a mis ochenta años de edad con mi constante accionar y mi experiencia acumulada. Como abogado exitoso siempre aconsejaba a mis clientes que debía encararse cada caso, de manera tal que fuera evidente la conducta frente al conflicto, para que la sentencia sea de fácil resolución.
Sostengo que el impresor no puede hacer censura previa del contenido de las publicaciones que ejecutamos. Es preocupante que ello vuelva a ocurrir, teniendo en cuenta los dramas que se han vivido por violarse la Constitución Nacional para imponer la dictadura del silencio.
Un índice del volumen cotidiano que desarrollamos, es que a la fecha tenemos registrados más de 10.600 clientes circunstanciales que han sido, o son, usuarios de nuestros servicios de impresión, así como de radio y televisión. De esta manera se da la posibilidad de que la comunicación sea accesible para todos los ciudadanos y grupos de personas. Para un mejor entendimiento de esta operatoria, reproduzco el dorso de cada factura y recibo que se emite. (1)
Quién busca la Justicia no debe actuar injustamente y tiene que evitar absurdas y burocráticas pérdidas de tiempo. Es hora ya de corregir inmediatamente el error de imputación que me adjudica un quejoso Intendente, molesto por un cliente ocasional.
Agradezco a mis lectores y colegas sus manifestaciones de solidaridad. Espero que no tenga que reincidir en una nueva defensa de la libertad de imprenta, para que la vigencia de la libertad de información ciudadana no se vuelva a perder en nuestra sociedad.
Ser bien nacido ayuda a crecer. Si usted corrige ya su error inicial lo felicitaré silenciosamente. Caso contrario mi tiempo lo invertiré en que sea público el ataque a la libertad de prensa, a través de dos instituciones respetables, de las cuales soy miembro activo, como la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas, y la Sociedad Interamericana de Prensa.
Carlos Besanson

Señor Intendente de usted depende si este es el último capítulo de este entredicho, o si mis lectores recibirán semanalmente una clase de derecho y una lección de vida. En ese caso basta de silencio

(1)  Brindamos todo el apoyo que necesita el editor
para ejercer su derecho ciudadano de comunicación
a través de una organización periodística
dedicada exclusivamente a la
preparación y emisión de
diarios, periódicos, revistas y libros,
programas de radio y televisión.

Condiciones Generales:

Trabajamos exclusivamente en la impresión de libros, revistas, diarios y publicaciones de interés general. No admitimos trabajos meramente comerciales o que no se inserten en publicaciones periodísticas.
Con motivo de nuestro respeto a las normas constitucionales que preservan la libertad de prensa, nuestro personal no esta autorizado a realizar tareas de supervisión de contenidos de los materiales que el cliente nos consigna.
Por lo tanto, el cliente siempre deberá supervisar los negativos y las chapas. De no efectuar esta supervisión de ejecución y calidad carece de fundamento cualquier reclamo posterior.
Toda publicación a realizar en esta Agencia Periodística, antes de dar ejecución a la misma, deberán pasar por Administración para confeccionar la orden de trabajo. No se dará curso a ningún trabajo, sin el pago previo correspondiente. Cuando se trate de publicaciones donde la Agencia realiza la confección total de la misma, deberá abonar el 50% al comenzar y el saldo restante antes de imprimir.
En el caso de que el cliente nos provea los originales listos para reproducir e imprimir, el pago debe ser contado anticipado.
Por razones de salubridad y seguridad ambiental está prohibido fumar en todos los sectores de nuestras instalaciones. Rogamos tener muy en cuenta esta situación que no admite excepciones.

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