REGION - La Pampa
Semanario REGION®
Del 31 de julio al 6 de agosto de 2009 - Año 19
Nº 909 - R.N.P.I. Nº 359581

  

El error no está solamente en equivocarse,
sino en no percibir la falla.
El horror es la perseverancia en el error,
y hacer que los demás paguen
las arbitrariedades ajenas.
                                                           C.B 

La convivencia democrática no debe convertirse en connivencia, es decir en la tolerancia de las transgresiones legales y éticas. Distanciarse no es dividir, sino separar situaciones.
El derecho a disentir de todo ciudadano no tendría fuerza suficiente si no opera en amplitud el acceso a la información y a la emisión pública de opiniones. Como ya lo dije anteriormente el ser respetado en las ideas convalida plenamente la libertad de expresión ajena por los canales a que el otro acceda.     DV n° 577  20 de mayo de 1998
Hace veinte años, en un país del Lejano Oriente,comenzó una reacción del pueblo contra la dictadura extrema que lo oprimía, que lamentablemente generó una masacre. Escribí entonces un artículo en el cual sostuve que los afiches que se exhibían en las calles de ese lugar podían expresar la  opinión de aquellos que de ninguna manera tenían acceso a medios impresos, porque en esos sitios sólo estaban permitidos periódicos oficiales dirigidos por funcionarios públicos, o sus representantes. Esa posibilidad a expresarse de esa manera no significa justificar el daño que a veces genera el pegar los afiches en sitios que se deterioran por los adhesivos.
Mi imprenta es conocida y reconocida en todo el país por ser uno de los pilares de la libertad de expresión, atento a sus bajos costos y rapidez de su trabajo.
Las facturas y recibos de la Revista denunciada por el actor (DV n° 1159, 1160), cuyas copias certificadas por Escribano están a disposición del Juzgado Penal, señalan claramente que el titular y único responsable de la imprenta soy yo; en esa documentación el número de CUIT es el mío personal. Por lo tanto, involucrar a mi esposa, como quiere hacerlo en la demanda, genera un peligroso precedente violatorio de principios constitucionales. ¿Acaso lo va a hacer también con mis hijos que no trabajan conmigo?
La demostración por el absurdo sería que el Intendente actor de la demanda penal llegue a pensar que así como el impresor debe ser sancionado, ¿por qué no también la fábrica del papel utilizado, ya que éste es un elemento básico y esencial para comunicar los textos que molestan?
¿Cuántos capítulos adicionales tendrán estas notas? No lo sé, no depende de mí. Puede ser que sus textos entren en un folletito de pocas páginas, o terminen convirtiéndose en un libro (¿y de cuántos tomos?). Lo importante es que sirva para hacer docencia de la decencia.               

Carlos Besanson

Gracias a nuestros lectores por la solidaridad que nos manifiestan.

 

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