Semanario REGION®

Del 24 al 30 de Julio de 2015 - Año 25 - Nº 1.187 - R.N.P.I. Nº 359581

Registro Municipal de Comerciantes de Alimentos Libres de Gluten

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El Intendente Municipal de Santa Rosa, Luis Larrañaga, promulgó la Ordenanza N° 5265/15 en la cual se aprueba el Registro Municipal de Comerciantes de Alimentos Libres de Gluten donde deberán registrarse todos los establecimientos que comercialicen y/o elaboren comidas y/o alimentos libres de gluten de trigo, avena, cebada y centeno (TACC), apto para celíacos.

Medidas dispuestas
En la Ordenanza se especifica que se entiende por alimento apto para celíacos o alimento libre de gluten aquel que está preparado únicamente con ingredientes que, por su origen natural y por la aplicación de buenas prácticas de manufactura no contiene gluten.
Los establecimientos inscriptos en el Registro Municipal de Comerciantes de Alimentos Libres de Gluten que elaboren o comercialicen alimentos sin gluten deberán observar las medidas dispuestas en la “Guía de Buenas Prácticas de Manufactura. Establecimientos Elaboradores de alimentos Libres de Gluten. ANMAT.”

Condiciones a cumplir
En el articulado de la ordenanza se establece también condiciones que deben cumplir establecimientos que comercialicen productos no envasados y productos envasados; además tendrán una identificación oficial.
La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas de la Municipalidad de Santa Rosa.