Semanario REGION®

Del 7 al 14 de diciembre 2017 - Año 27 - Nº 1.298 - INPI 1983083

Cruceros: consejos y regulaciones a tener en cuenta

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Ya se han producido varios arribos a la Terminal de Cruceros “Benito Quinquela Martín” de Buenos Aires, que inauguraron la temporada 2017/2018 de cruceros, con miles de pasajeros que nos visitan. Lo interesante que podemos abordar hoy, es la visión y consejo legal al respecto de esta actividad vacacional en auge, recurriendo al sitio “Abogados en Turismo”: www.abogadosenturismo.com.ar donde se brindan consejos para los pasajeros que eligen el Turismo de Cruceros.

La Dra. Andrea Quevedo Peluso, integrante de “Abogados en Turismo”, explicó que “el turista de cruceros tiene la particularidad de haber contratado este servicio buscando tener todo en un lugar, alojamiento, gastronomía, diversión, ocio, y actividades específicas -deportivas, musicales, cruceros temáticos, otros-. Además de la posibilidad de recorrer distintos paisajes, ciudades y atracciones en cada puerto en el que tenga la posibilidad de migrar”.

“A la hora de comprar una estadía en crucero, se debe tener en cuenta que para poder migrar y conocer los países donde el barco amarre hay que contar con la documentación hábil de viaje para el ingreso a dicho territorio, así como también los requisitos sanitarios del lugar, de otro modo la estadía del pàsajero en dicho puerto será solo en el buque sin poder bajar del mismo”.
Además, los especialistas sostuvieron que es importante “tener en cuenta la cantidad de días que se encontrará en mar abierto, los servicios médicos con los que podrá contar en él, y servicios de gastronomía y/o atenciones especiales que pueda necesitar”.

En caso de pérdida del crucero, la abogada explica que “hay que estar muy alertas a las condiciones en que se produjo, y si esto se debe a una mala información por parte de la empresa o compañía de cruceros/agencia, o a un proceder negligente del turista”.
“Se encuentra abierta la posibilidad de reclamo por parte del turista, toda vez que la pérdida del mismo se deba al incumpliendo del deber de información, del deber de seguridad, de haber tenido que hacer desembarco en un puerto intermedio a fin de tener asistencia médica, sin haber gozado de la totalidad de los días de crucero abonados;así como también, en este caso, los gastos de traslado, comida y hospedaje en el puerto intermedio y su regreso a su destino final”, especificó.

Teniendo presente que la actividad esta específicamente regulada por la Ley de Navegación, Quevedo Peluso destacó: “Se puede hacer aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, en tanto y cuanto hablamos específicamente del Derecho a la Información, Deber de Seguridad, publicidad engañosa, como también a todo lo correspondiente a daños y pérdidas en el equipaje, y otros daños sufridos en ocasión o por el viaje en buque”.

Es importante recalcar que este año los cruceros tocaran nuevos puertos dentro del territorio, como son los Puertos de Mar del Plata y la Patagonia, lo que hace a este nuevo itinerario un plus más para la atracción de “nuevos turistas” -como se los llama a quienes contratan cruceros-.
“La temporada de cruceros esta en continuo crecimiento en el mundo y en Argentina en particular, ya que habrá una compañía que operará durante todo el año, dejando de ser una actividad solo de temporada, para lo cual recomendamos estar atentos a las condiciones generales de contratación, el cumplimiento de las mismas, las condiciones pre y post embarque y desembarque, y los requisitos necesarios para la migración en cada destino. Con todo ello, no es más que abrirse paso a una nueva modalidad de turismo del que aún queda mucho por explorar y navegar”, recomendó Quevedo Peluso.

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