REGION - La Pampa
Semanario REGION®
Del 29 de agosto al 4 de septiembre de 2008 - Año 18 - Nº 866
R.N.P.I. Nº 359581

  
Guatrache, Victorica y Quehue
Convenios turísticos de CaTuLPa con municipios


Desde la Subsecretaría de Turismo del Gobierno de La Pampa se lanzó un convenio de Colaboración de Promoción Turística, entre la Cámara de Turismo de La Pampa y las municipalidades de Guatraché, Victorica y Quehué. «Consiste en colaborar tanto desde la parte privada como de la pública, en todo lo que sea la realización de eventos, exposiciones, difundir ofertas y atractivos que tienen cada una de las localidades. Cuentan con el apoyo de la Subsecretaría para todos aquellos que quieran desarrollar emprendimientos en estas y otras localidades de La Pampa, para incentivar al desarrollo de nuevos emprendimientos y proyectos», manifestó el subsecretario de Turismo, Santiago Amsé y agregó: «La parte privada se tiene que comprometer a invertir, capacitar a su personal, a brindar calidad día a día. También desde el Estado nos tenemos que comprometer a brindar servicios, que los caminos estén en condiciones, ofrecer cursos de capacitación, entre otras cosas».

Por su parte el Intendente de Victorica, Hugo Kenny agradeció a la Subsecretaría por fomentar la firma del convenio. «Va a ser de mucha importancia para nuestra región. Victorica representa el turismo en nuestra zona y esta posibilidad de que podamos avanzar en difundir y hacer conocer lo nuestro, a sabiendas de que el turismo es generador de ingresos».
Hugo Fernández Zamponi, presidente de CaTuLPa, dijo «Hace tres años que fundamos nuestra cámara y es fundamental la promoción y el trabajo conjunto con las municipalidades para poder desarrollar una oferta genuina. Uno de los postulados de la Cámara desde su fundación fue la incorporación la figura del aborigen como una reivindicación a ese pasado que fue tantas veces cuestionado. Es menester tener un patrimonio de promoción turística, sumado al producto rural». También mencionó el apoyo de la CAT y FedeCaTur.
Para finalizar el acto, se procedió a las firmas. Por la Municipalidad de Guatraché lo hizo el responsable de Turismo, Pablo Herzel; por Victorica, el intendente Hugo Kenny; por Quehué, el intendente Enrique López; por CaTuLPa, Hugo Fernández Zamponi; rubricándolo luego el subsecretario de Turismo, Santiago Amsé.

El convenio
Algunas de las tareas y funciones a que se comprometen las partes a ejecutar serán establecer áreas prioritarias donde sean factibles los proyectos específicos de cooperación de promoción turística.
Asimismo, proponer programas de cooperación de promoción de la propuesta turística de  cada localidad integrante del convenio. Supervisar la ejecución de estos programas.Evaluar e informar los resultados de la ejecución de los proyectos específicos.Impulsar el efectivo cumplimiento del compromiso asumido. Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.
Para los fines del convenio, la cooperación entre las partes podrá comprender distintos modos, por ejemplo: intercambio de información, organización de cursos, conferencias, seminarios y congresos locales, provinciales, nacionales e internacionales, realización conjunta o coordinada de ensayos y programas de investigación en las áreas de interés para cualquiera de las partes, formación de orientadores locales, participación en exposiciones, workshop, escritorios de trabajo, elaboración de folletería e intercambio de propuestas a efectos de lograr el objetivo deseado.

A continuación, la letra del Documento firmado:

CONVENIO DE COLABORACIÓN DE  PROMOCIÓN TURISTICA ENTRE LA CAMARA DE TURISMO DE LA PAMPA y LA MUNICIPALIDAD DE ……

En la ciudad de Santa Rosa, a los ........  días del mes ......... de dos mil ocho, POR UNA PARTE: La Cámara de Turismo de La Pampa  representada por el presidente de la Camara Sr. Hugo Fernández Zamponi  y  la Secretaria sra. Maria Cristina Nemesio ,POR OTRA PARTE:  la Municipalidad de Guatrache , La Pampa,  representada por la  Intendente, sra. ………………  acuerdan lo siguiente:

ARTÍCULO 1º:
Las partes contratantes se comprometen a elaborar y ejecutar de común acuerdo programas y proyectos de cooperación de promoción turística, los que serán objeto de acuerdos complementarios que especificarán los objetivos de estos programas y proyectos, así como las obligaciones, inclusive financieras, de cada parte.

ARTÍCULO 2º:
Para la mejor ejecución del presente convenio se creará una Comisión Mixta integrada por dos representantes de cada parte.

Serán cometidos de la citada Comisión Mixta:
- Establecer áreas prioritarias en que son factibles los proyectos específicos de cooperación de promoción turística
- Proponer programas de cooperación de promoción de la propuesta turística de la localidad de Victorica
- Supervisar la ejecución de estos programas.
- Evaluar e informar los resultados de la ejecución de los proyectos específicos.
- Impulsar el efectivo cumplimiento del compromiso asumido.
- Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos   
  del presente acuerdo.

ARTÍCULO 3º:
Para los fines del presente convenio, la cooperación entre las partes podrán comprender las siguientes formas:
- Intercambio de información
- Organización de cursos, conferencias, seminarios y congresos locales, provinciales, nacionales e internacionales.
-Realización conjunta o coordinada de ensayos y programas de investigación en las áreas de interés para cualquiera de las partes,  a propuesta de una de ellas.
- Cualquier otra modalidad que sea considera de interés por las partes contratantes
- Formación de Orientadores  locales.
- Participación de exposiciones, workshop, escritorios de trabajo
- Elaboración de folletería e intercambio de propuestas a efectos de lograr el objetivo deseado.

ARTÍCULO 4º:
Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán solicitar la participación de otros organismos públicos o privados en la ejecución y coordinación de programas y proyectos realizados de conformidad con el presente convenio y ampliar los alcances del mismo a otras áreas de interés común para ambas instituciones.

ARTÍCULO 5º
El presente convenio comenzará a regir a partir de la fecha de la firma del mismo por los representantes de ambas partes y continuará en vigor hasta que cualquiera de las partes decida lo contrario, comunicándolo a la otra con un pre-aviso mínimo de 10 días. La pérdida de vigencia de este convenio no afectará las acciones pendientes de programas que fueron aprobadas por los organismos signatarios.

ARTÍCULO 6º
No siendo para más, se suscriben tantos ejemplares como partes, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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